¿Puede una aseguradora subir el precio de la prima sin avisar?
Hay muchos casos, más de los que nos gustaría pensar, de discrepancias entre aseguradoras y asegurados. Dos de las situaciones que más conflicto generan suelen ser la de la cancelación del seguro y su renovación. ¿Puede una aseguradora subir el precio de las primas sin avisar?
No podemos negar que existen muchos casos en los que los conflictos surgen porque los asegurados nos olvidamos de comunicar la cancelación del seguro en el periodo adecuado, pero también otros muchos en los que el conflicto se ha generado porque el usuario se encuentra con una prima de renovación diferente a la que pagó inicialmente.
Puede suceder que hoy contrates un seguro y que estés muy contento con el precio que has conseguido para él. Siendo así, seguramente darás por sentada la renovación y no querrás molestarte, llegado el momento, en comparar y buscar otros precios porque ya estás bastante conforme con el que tienes.
Pasado un año, cuando te encuentras con el cobro de tu prima, te das cuenta que la cantidad cobrada es mayor que la que pagaste en su momento. ¿Es posible? ¿Puede la aseguradora subir el precio del seguro sin haberlo comunicarlo antes? Para arrojar luz sobre esta cuestión es necesario trasladarse a la Dirección General de Seguros y consultar lo que la normativa dicta al respecto.
Subida de precio del seguro en dos supuestos
Existen dos supuestos cuando estamos en esta situación: que la renovación de la prima estuviera prevista en el contrato o que no lo estuviera. ¿Cuál es la diferencia en cada caso?
Subida de la prima prevista en la renovación del contrato
Puede que cuando contratases tu seguro a ese precio tan bueno, en el contrato estuviera estipulado que se haría una subida del mismo llegado el momento de renovar la póliza. Es posible que se especificase el importe exacto, que se indicase solo que sería mayor porque ahora disponemos de una oferta o puede que no se nos ofrezca ninguno de estos datos y solo se hable de la renovación del precio. Sea como sea, en este caso, la compañía aseguradora no tendría que avisarte porque en su momento ya diste el consentimiento para la renovación del precio que pagas por tu seguro con ella.
Subida de la prima NO prevista en la renovación del contrato
El segundo supuesto, en el que en el contrato no se contempla la renovación de la prima, obliga a la aseguradora a comunicarte cualquier cambio que quiera hacer en el precio de tu seguro antes de aplicarlo. De hecho, para que pudieran cobrarte esa prima nueva deberías dar tu consentimiento para que así sea, y siempre dentro de los plazos, según lo recoge la Ley de Contrato de Seguros en su artículo número 5.
El aviso del aumento del precio debería ser remitido con dos meses de antelación al vencimiento del contrato
El aviso del aumento del precio debería serte remitido con dos meses de antelación al vencimiento del contrato para que tengas tiempo de estudiar la oferta. Si no fuese así o la compañía comunicara el incremento de forma que al cliente no le quedase constancia clara de ello, éste podría iniciar una reclamación, o bien para que no le aumenten la prima o para cancelar el seguro.
Esta reclamación debería realizarse acudiendo al departamento de Atención al Cliente de la propia aseguradora o, en caso de que fuera necesario, a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
En cualquier caso, te recomendamos que estés atento al plazo de renovación de tu seguro y que averigües si se contempla en tu contrato la renovación de la prima o no; o que dejes todo el trabajo de renovación de tu seguro en manos de tu correduría de seguros de confianza, que además te conseguirá las mejores condiciones al mejor precio.