Plazos y fechas clave que no debes olvidar en tu seguro

Las fechas son importantes para prácticamente todo. Con ellas nos organizamos y mantenemos ciertas partes de nuestra vida en orden. No solemos pensarlo, pero tienen una gran influencia en nosotros. Para que todo funcione bien son necesarios y por eso es importante tenerlos en cuenta. En el sector de los seguros también hay algunas fechas o plazos que debes aprenderte de memoria.
Hay plazos y fechas de nuestro seguro que no debemos olvidar (por la cuenta que nos trae…)
Los plazos marcados suponen parte de nuestras obligaciones como consumidores. No exageramos si decimos que estos plazos debes sabértelos de memoria porque, a fin de cuentas, son parte de tus obligaciones como asegurado o tomador del seguro. El no tenerlos en cuenta y sobrepasarlos puede tener consecuencias de las que nos veremos obligados a responder.
Todo esto está recogido en la normativa que rige en materia de seguros en España, la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. Si bien ninguna aseguradora no puede ofrecerte plazos menos beneficiosos que los que recoge la ley, sí que puede ofrecerte otros más beneficiosos para ti como atractivo para captar nuevos clientes o fidelizar a los que ya tienen.
Plazos a tener en cuenta con tu seguro
Estos son los principales plazos que deberás tener en cuenta para cumplir con las obligaciones a las que te compromete tu seguro:
- Si vas a cancelar la renovación de la póliza de seguros debes hacerlo con un mínimo de dos meses de antelación.
- Si has tenido un siniestro debes comunicarlo a la aseguradora en el momento en tengas conciencia del mismo y en un plazo máximo de 7 días, de lo contrario, la aseguradora podría no abonarte la indemnización que te correspondería.
- Un presupuesto tiene una validez de 15 días, pasado ese plazo, las condiciones pueden cambiar.
- Si existen diferencias entre la propuesta que te han hecho y la póliza, tienes un mes para reclamar que se realicen las correcciones.
- Si dejamos un recibo sin pagar 1 mes, y no es el primero, las garantías de la póliza quedan en suspenso.
- Al pagar un recibo pendiente que haya dejado las coberturas en suspenso, estas se recuperan pasadas 24 horas después de haber hecho el abono.
- Cualquier cambio que suponga un riesgo mayor en la póliza se debe comunicar enseguida.
- La aseguradora dispone de 2 meses para la modificación del contrato si se han comunicado riesgos mayores que los contemplados en la póliza.
- Contamos con 15 días para aceptar o rechazar la propuesta que nos realiza la compañía aseguradora tras haber notificado cambios en los riesgos de la póliza.
- Después de que hayan pasado 40 días desde que se comunica un siniestro, la aseguradora debe abonar el importe mínimo del mismo en base a lo que esta conozca del mismo en tal momento.
- Si pasan más de 3 meses y no recibimos la indemnización que nos corresponde por razones debidamente justificadas, la cuantía de la misma aumenta en un 20% anual.
- Las acciones que se deriven de una póliza prescriben a los 2 años para daños materiales y a los 5 años para daños personales.
¿Conocías estos plazos? En caso de que no, ahora tienes la información adecuada para proteger tus derechos como consumidor. De todas formas, ten en cuenta que si contratas tu seguro a traves de una correduría de seguros como Nogal, te olvidas de todas las renovaciones. Son ellos los que se encargan de mantener tu seguro actualizado y mostrarte siempre la mejor opción de renovación de acuerdo a tus necesidades. ¡Infórmate!