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El Consorcio de Compensación de Seguros o CSS es un organismo que nace para dar respaldo a las compañías aseguradoras aunque también, de alguna u otra forma, protege a los asegurados o a los que tienen la necesidad de serlo pero no cuentan con opciones por las vías convencionales. Te contamos cuáles son los requisitos que debes cumplir para ser indemnizado por el Consorcio de Compensación de Seguros.

El Consorcio de Seguros es el encargado de proteger a las personas de riesgos extraordinarios y de indemnizarlos en caso de que sea necesario. Esto incluye, por ejemplo, fenómenos de la naturaleza como tormentas, guerras, atentados, etc. Por esta razón, hay muchas personas que piensan que para tener derecho a una indemnización en caso de que se produzca alguno de los sucesos que cubre esta entidad, no es necesario cumplir ningún requisito. Es un error.

Se debe tener un seguro contratado

Para que exista una protección frente a riesgos extraordinarios debemos tener contratado un seguro de bienes, de vida o de accidentes pues, de hecho, el Consorcio de Compensación de Seguros en este caso lo que hace es cubrir las situaciones que una compañía aseguradora corriente no podría hacer frente en caso de producirse.

Consorcio de Compensación de seguros para coches

Pongamos un ejemplo práctico: tienes tu coche asegurado y de pronto estalla un conflicto social, político o bélico que acaba dañando tu vehículo. En tal caso, tu aseguradora no se hará cargo de estos daños ya que no se contemplan en el seguro pero sí que lo hará el Consorcio de Compensación de Seguros que está creado para este tipo de escenarios.

Consorcio de Compensación de seguros para casas

Sin embargo, si lo que termina dañado siguiendo el ejemplo anterior es tu vivienda y no la tienes asegurada, en tal caso no estarías protegido por esta entidad y no tendrías derecho a ninguna reclamación. Contar con una póliza de protección es el primer requisito para ser indemnización por el Consorcio.

Se debe estar al corriente de pagos en relación a las primas

Para que el Consorcio se haga cargo de los daños provocados por una situación extraordinaria, el pago de las primas de alguno de los seguros mencionados debe estar al corriente.

Se debe haber superado el periodo de carencia

Para poder ser indemnizado por el Consorcio de Seguros por alguna de las situaciones extraordinarias de las que se hace cargo, deben haber pasado 7 días desde la fecha en la que se emitió la póliza o desde que comenzara a estar en vigor si la emisión es posterior, aunque cabe destacar que este periodo de carencia solo se aplica cuando se producen pérdidas materiales debido a fenómenos causados por la naturaleza. En general, los daños materiales, si se producen a consecuencia de hechos derivados de la voluntad humana, y personales no tienen que hacer frente a este periodo de carencia. Tienes más información sobre este tema en la página oficial del Consorcio.