Daños en tu coche en un parking privado o público, ¿quién lo cubre?
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Es poco frecuente, pero sucede. Entramos en un centro comercial o en nuestro propio garaje y ¡pam! En ese momento, lo primero que haces es preguntarte qué pasó. Cuando lo comprendes, la siguiente pregunta que nos solemos hacer es: ‘¿Y esto ahora me lo cubre el seguro?’ De eso mismo queremos hablarte en este artículo. ¿Hay distinciones entre sufrir daños en un vehículo en parking privado o público según las aseguradoras? Vamos a verlo.
Ante un siniestro en un vehículo estacionado en un parking privado o público, ¿establece diferencias el seguro a la hora de cubrirlos?
En este caso, no dependerás solo de tu seguro de coche. Aunque no lo creas, existe una Ley Reguladora del Contrato de Aparcamiento de Vehículos (LRCAV) que es la que regula todos posibles incidentes que puedan suceder en los parkings públicos, concretamente en los que se cumplen las condiciones para que sean considerados como tales.
Por ejemplo, esta Ley obliga a los propietarios de locales o terrenos que vayan a hacer uso de éstos para la actividad que estamos hablando, a ofrecer vigilancia y custodia durante el tiempo que el vehículo a motor esté estacionado en él, lo que implica ciertas responsabilidades y obligaciones para quien lo posea.
Daños en parkings públicos
Hay que tener en cuenta que, legalmente, se reconocen dos tipos de modalidades de aparcamiento público:
- Estacionamiento con reserva de plaza, en donde el titular debe mantener durante el periodo de tiempo pactado una plaza para el usuario. Es como un alquiler mensual en algunos casos porque va dirigido a empresas o trabajadores habituales.
- Estacionamiento rotatorio donde, a cambio de un periodo de tiempo variable, el propietario del parking se compromete a ofrecer una plaza al usuario.
No se considera parking público a aquel denominado zona de estacionamiento en la vía pública, independientemente de que se exija un pago para usarlo o no, aquellos que no son retribuidos de manera directa
o indirecta y aquellos que no sean estacionamiento con reserva o rotatorio.
Obligaciones del propietario de un parking público
El propietario de un aparcamiento público tiene una serie de obligaciones, según la Ley mencionada:
- Facilitar al usuario a quien se le permita, el acceso una plaza de aparcamiento.
- Entregar al usuario un justificante del dinero que ha pagado (si lo ha hecho), el día y la hora a la que usó el aparcamiento, la identificación del vehículo y si se dejan llaves a cargo del mismo. Se incluyen los aparcamientos de uso exclusivo de establecimientos comerciales con sistemas de control de acceso, y cuyo horario de uso coincida con el del establecimiento.
- Devolver al usuario del aparcamiento todo lo que se le haya entregado para hacer uso del aparcamiento y el vehículo en idéntico estado en el que entró al mismo. Ojo, aquí debemos tener en cuenta que aquellos accesorios que no son fijos o extraíbles tienen que ser retirados cuando se haga uso de estos aparcamientos ya que son responsabilidad del propio usuario. Esto significa que, si alguien te roba algo que hay dentro de un vehículo, la empresa o el titular del establecimiento no tiene obligación de responder ante ello.
- Indicar de manera clara cuáles son los precios, los horarios, normas de uso y funcionamiento del aparcamiento, algo que podrá decidir a conveniencia. Aquí también hay un punto importante a tener en cuenta. Hace tiempo, la legislación eliminó la posibilidad del titular de un aparcamiento público de cobrar por fracciones de hora. Así pues, el precio se pacta por minutos sin redondeos.
- Disponer de formularios de reclamaciones.
Daños ocasionados en un parking privado
Se considera un parking privado a un espacio que una persona utiliza, de manera comercial o no, y que es de su propiedad. Por ejemplo, imagina que tienes un trozo de terreno o un espacio grande al que no le das uso y se encuentra cerca de una zona comercial. Podrías usarlo para obtener un rendimiento económico (regulando tu actividad como corresponde) y aprovecharlo si no lo usas. Pero, esencialmente, si quieres saber lo que se conoce como parking privado puedes pensar en todos aquellos que no cumplan con las condiciones que hasta ahora hemos mencionado sobre los aparcamientos públicos.
¿Si sufro daños en un parking privado, quién lo cubre? Básicamente la persona que los generó. Habría que poner una denuncia e intentar recabar toda la información posible para descubrir quién fue: testigos,
etc.
Ojo con esto porque a veces entramos en parkings que creemos seguros, en los que no pagamos o alguien nos dice cuánto tenemos que pagar; pero que, ante la Ley son clandestinos, por lo que no podrás reclamar nada a nadie salvo que tengas un seguro de coche a todo riesgo.
Consejos para cuidar tu vehículo y elegir el aparcamiento adecuado
Tanto si aparcas en un parking público como privado, además de en la propia calle, trata de llevar a cabo los siguientes consejos para evitar una visita de los amigos de lo ajeno:
- Procura aparcar donde hay bastantes coches, así, las posibilidades de que el tuyo sea el blanco perfecto para los amantes de lo ajeno, se reducen.
- Vigila las instalaciones que hay encima o alrededor. Si no están en buen estado, desiste.
- Es mejor que dejes el coche en zonas públicas o donde esté visible, zonas transitadas donde, si le pasa algo a tu coche, hay más posibilidades de encontrar testigos.
- Llévate todas tus pertenencias extraíbles o, al menos, trata de no ponerlas a la vista.
- Ten de tu parte un buen respaldo como un seguro de coche a todo riesgo. Mira si merece la pena un todo riesgo con o sin franquicia.
Muchas personas piensan que un seguro a todo riesgo es algo inaccesible. Esto es un error ya que un seguro a todo riesgo, en una buena compañía puede llegar a costarte lo mismo, casi, que uno a terceros ampliado si seleccionas bien las condiciones. Para eso, si quieres obtener el mayor beneficio, ponte en manos de profesionales. Una correduría de seguros como Nogal es, sin duda, la mejor opción.